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Representación

11 preguntas

Cuando accedo al apartado de Notificaciones y comunicaciones de sede, se me ofrece la posibilidad de actuar como persona interesada (en nombre propio) o como representante. Si accedo como representante veré las notificaciones dirigidas a las personas a las que represento.

Al acceder al contenido, quedará registrado que he accedido bien como persona interesada (en nombre propio) o como representante y la notificación quedará notificada y causará efectos a partir de ese momento.

No hay diferencia en el contenido. La Administración envía una notificación/comunicación a la persona destinataria que corresponda. Esta persona es la persona interesada o la persona representante, si la hay.

 

Las personas interesadas pueden solicitar servicios y/o realizar trámites administrativos ante la Diputación Foral de Bizkaia a través de una tercera persona, representante. La persona representante es aquella que asume la relación con la Diputación Foral de Bizkaia para que así, la persona a la que representa no tenga que hacerlo. 

El que se fije a la hora de registrar el apoderamiento, no pudiendo en todo caso superar los 5 años.

En el caso de las representaciones habilitadas con convenio con el departamento de Hacienda y finanzas la vigencia máxima es de 7 años.

Dependerá del tipo de apoderamiento:

 

  • Para acceder a la inscripción por el canal electrónico, es necesario disponer de un medio de identificación electrónica admitido para su uso en la sede electrónica según la política de firma electrónica de esta administración.
  • Para realizarlo en canal presencial será necesario solicitar cita previa.

El alcance de los apoderamientos inscritos en REA se restringe al ámbito competencial de la Diputación Foral de Bizkaia y vendrá definido por las facultades vinculadas al mismo. Se podrá elegir (según tipo de apoderamiento) entre: 

 

  • Permitir realizar CUALQUIER actuación administrativa ante la Diputación Foral de Bizkaia o ante uno o varios de sus Departamentos.
  • Permitir realizar DETERMINADAS actuaciones y trámites administrativos ante la Diputación Foral de Bizkaia o alguno de sus Departamentos.

 

El alcance del poder inscrito en el REA vendrá definido por las facultades vinculadas al mismo.

 

Las facultades que establece el REA son las siguientes:
 

FACULTAD A
Presentar solicitudes y escritos en procedimientos iniciados a instancia de la persona interesada, aportar documentación, subsanar solicitudes voluntariamente y a requerimiento del órgano. Incluye la recepción de notificaciones derivadas de la subsanación y mejora de la solicitud, facultando para el acceso a la consulta de datos/información relacionada con las actuaciones anteriormente descritas.
 

FACULTAD B
Presentar solicitudes y escritos, recursos y reclamaciones, desistir de actuaciones, renunciar a derechos, asumir o reconocer obligaciones realizando cuantas actuaciones correspondan a la persona representada, en los procedimientos iniciados tanto a instancia de la persona interesada como de oficio facultando para el acceso a la consulta de datos/información relacionada con las actuaciones anteriormente descritas así como la recepción de notificaciones (excluidas las notificaciones referidas en la facultad d).
 

FACULTAD C
Acceder a la consulta de datos - información de la persona representada.
 

FACULTAD D
Recibir las notificaciones por las que la Administración comunique el inicio de procedimientos de oficio.
 

FACULTAD GD
Permitir gestión de deudas del departamento de Hacienda y Finanzas: aplazamientos, compensaciones y dación en pago.

En función del tipo de apoderamiento incrito y de la figura que actúa se permiten una serie de acciones.

 

Apoderamientos voluntarios:

  • Otorgamientos de poderes apud acta
  • Inscripción de un documento público con poder general. No se admiten poderes especiales o con facultades limitadas.
  • Inscripción de un documento privado (modelo aprobado por la DFB) con firma notarialmente legitimadas.
  • Representantes habilitados 

 

Representaciones Legales

  • Ámbito tributario (ejemplo: Sucesores)
  • Ámbito general (ejemplo: Tutela)

 

Autorizaciones (a personas trabajadoras)

  • De entidad
  • De representante

 

Si quieres más información, pincha aquí

Guías para registrarse electrónicamente:

Dependerá del tipo de inscripción.

En general será automática a excepción de que sea necesario el consentimiento expreso de alguno de los intervinientes o si se aporta documentación que hay que revisar.

En todo caso siempre en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha de alta de la inscripción.

 

 

 

El Registro Electrónico general de Apoderamientos, en adelante REA, es un registro donde voluntariamente la ciudadanía puede otorgar e inscribir apoderamientos para que las personas que las representan puedan actuar de una forma ágil ante esta Administración Foral.


El REA agiliza el proceso de verificación de la representación inscrita, aportando inmediatez al mismo y evitando que la persona representante tenga que presentar de forma reiterada la misma documentación acreditativa de la representación en los procedimientos en los que intervenga.

 

Para poder ver más información sobre el REA, accede al siguiente enlace: www.ebizkaia.eus/es/registro-apoderamientos